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Pronunciamiento conjunto en torno a la eliminación del arraigo en el Distrito Federal

Jueves 30 de junio de 2011, por Comité Cerezo México

Las organizaciones y personas abajo firmantes manifestamos nuestra preocupación por la defensa de la aplicación del arraigo por parte de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, conforme a las recientes declaraciones vertidas en medios de comunicación por el titular de esa institución, el Sr. Miguel Ángel Mancera, como reacción a la recomendación 02/2011 de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF), que incluye la eliminación del arraigo.

México D.F., 29 de junio de 2011

Las organizaciones y personas abajo firmantes manifestamos nuestra preocupación por la defensa de la aplicación del arraigo por parte de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, conforme a las recientes declaraciones vertidas en medios de comunicación por el titular de esa institución, el Sr. Miguel Ángel Mancera, como reacción a la recomendación 02/2011 de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF), que incluye la eliminación del arraigo.

Al respecto, nos permitimos recordar al procurador que, tal como lo establece la recomendación 02/2011 de la CDHDF así como reiterados llamados de los cuerpos de derechos humanos de la ONU, de los cuales los más recientes son el Comité de Derechos Humanos y la Relatora Especial de Independencia de Jueces y Abogados, el arraigo ha sido considerado contrario a los principios de que regulan un genuino Estado democrático de Derecho, por violar flagrantemente el principio de legalidad, así como los derechos de libertad personal y de tránsito, a la presunción de inocencia, los relacionados al debido proceso, al honor y la reputación, a un recurso legal efectivo, y a la integridad física y mental de las personas, de conformidad con las obligaciones suscritas por el Estado mexicano en su conjunto y consagradas en la Constitución, la Convención Americana de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

La medida se vuelve una violación de derechos humanos debido a las siguientes razones: a) la falta de control sobre la legalidad de la detención; b) la inexistencia de estándares probatorios; c) la falta de control sobre el respeto, garantía y protección de los derechos humanos de las personas en situación de arraigo; y e) la inexistencia de criterios de proporcionalidad en la fijación del plazo de la medida. Aunado a lo anterior, el número de casos de tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes asociados a la situación de arraigo, así como su posibilidad permanente, siguen presentes como lo revelan informes de organismos nacionales e internacionales de derechos humanos, incluyendo la CDHDF, y organizaciones de la sociedad civil.

En este sentido, llama la atención la situación de hacinamiento y malos tratos que sufren las personas en situación de arraigo en el DF, como lo señala la CDHDF en su recomendación CDHDF/I/122/AZCAP/10/D1031, en la que denuncia una notoria sobrepoblación en el Centro de Arraigo de la PGJDF, que tiene una capacidad rebasada, con una proporción de 64 espacios disponibles para 120 personas que se encuentran detenidas en dicho lugar.

Lo anterior no se justifica bajo la consideración de eficacia de la medida, ya que las cifras demuestran lo contrario. Conforme al Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF) en poder de la CMDPDH, entre enero de 2008 y mayo de 2010 tan sólo el 20.24% de los procesos iniciados con arraigo terminaron en sentencia condenatoria; asimismo, el 91% de las más de 130 quejas iniciadas ante la CDHDF por violaciones de derechos humanos en situación de arraigo se han dirigido a la PGJDF; finalmente, la medida tampoco es eficiente por lo que hace a la prontitud del Ministerio Público para efectuar las diligencias de investigación requerida, como lo demuestra el hecho de que en los últimos 3 años la PGJDF ha tenido que solicitar prórrogas de arraigo en un 40% de los casos; estos indicadores revelan el bajo nivel de eficacia de la medida.

Por lo anterior solicitamos al titular de la PGJDF, Sr. Miguel Ángel Mancera, que cumpla de manera integral y expedita con lo dispuesto en la recomendación 2/2011 de la CDHDF, a saber:

1) Que establezca y expida, en un plazo no mayor a 30 días, las disposiciones necesarias, como Acuerdos o Circulares para que, de manera interna se especifique la vía de solución para la eliminación del arraigo como práctica de investigación por parte del Ministerio Público;
2) Que promueva ante las instancias correspondientes del Poder Ejecutivo local la presentación a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal de una iniciativa de reformas a diversas disposiciones del Código de Procedimientos Penales y de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, en el sentido de erradicar de éstas el arraigo como medida de detención, en el entendido de que, de cualquier manera, la medida desaparecerá definitivamente en el momento en que entre en vigor el nuevo Sistema Procesal Penal Acusatorio;
3) Que ordene que los agentes del ministerio público responsables de cada Averiguación Previa revisen minuciosamente las investigaciones en cada caso de arraigo vigente, a fin de que, como resultado de esta revisión se continúe con la consignación correspondiente, si fuera el caso. De lo contrario, deberán tomarse las medidas adecuadas de vigilancia, para que se solicite la inmediata puesta en libertad, con el fin de evitar que se continúen vulnerando los derechos de las personas sometidas a esta medida.

Atentamente

Organizaciones: Asociación Mundial de Radios Comunitarias A.C., México (AMARC), Centro de Derechos Humanos "Fray Francisco de Vitoria OP" A.C., Centro de Derechos Humanos "Miguel Agustín Pro Juárez" A.C., Colectivo de Organizaciones Michoacanas de Derechos Humanos A.C., Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos A.C. (CMDPDH), i(dh)eas Litigio Estratégico en Derechos Humanos A.C, Indignación Promoción y Defensa de los Derechos Humanos A.C., Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia Indignación A.C. (IMDHD), Litiga OLE A.C., Proyecto Presunción de Inocencia en México A.C., Red Mesa de Mujeres de Ciudad Juárez A.C., Red por los Derechos de la Infancia en México A.C. (REDIM), Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los Derechos para Todas y Todos” A.C. (RedTDT) conformada por 72 organizaciones: Agenda LGBT (Distrito Federal, Asistencia Legal por los Derechos Humanos, A.C. (Distrito Federal); Asociación Jalisciense de Apoyo a los Grupos Indígenas, A.C. (Guadalajara, Jal.); Asociación para la Defensa de los Derechos Ciudadanos "Miguel Hidalgo", A.C. (Jacala, Hgo.); Católicas por el Derecho a Decidir, A.C. (Distrito Federal); Centro “Fray Julián Garcés” Derechos Humanos y Desarrollo Local, A. C. (Tlaxcala, Tlax.); Centro de Apoyo al Trabajador, A.C. (Puebla, Pue.); Centro de Derechos Humanos "Fray Bartolomé de Las Casas", A. C. (San Cristóbal de Las Casas, Chis) ; Centro de Derechos Humanos "Fray Francisco de Vitoria O.P.", A. C. (Distrito Federal); Centro de Derechos Humanos "Miguel Agustín Pro Juárez", A. C. (Distrito Federal); Centro de Derechos Humanos “Don Sergio” (Jiutepec, Mor.); Centro de Derechos Humanos “Fray Matías de Córdova”. A.C. (Tapachula, Chis); Centro de Derechos Humanos de la Montaña, Tlachinollan, A. C. (Tlapa, Gro.); Centro de Derechos Humanos de las Mujeres (Chihuahua), Centro de Derechos Humanos, “Juan Gerardi” , A. C. (Torreón, Coah.); Centro de Derechos Humanos Ñu’u Ji Kandií, A. C. (Tlaxiaco, Oax.); Centro de Derechos Humanos Paso del Norte (Cd. Juárez), Centro de Derechos Humanos Solidaridad Popular, A.C. (Monterrey, N.L.); Centro de Derechos Humanos Tepeyac del Istmo de Tehuantepec, A. C. (Tehuantepec, Oax); Centro de Derechos Humanos Victoria Diez, A.C. (León, Gto.); Centro de Derechos Indígenas “Flor y Canto”, A. C. (Oaxaca, Oax.); Centro de Derechos Humanos Toaltepeyolo (Tlilapan, Veracruz); Centro de Derechos Indígenas A. C. (Bachajón, Chis.); Centro de los Derechos del Migrante (Zac. Zacatecas); Centro de Estudios Fronterizos y Promoción de los Derechos Humanos, A. C. (Reynosa, Tamps.); Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo, A. C. (CEPAD) (Guadalajara, Jal.); Centro de Reflexión y Acción Laboral (CEREAL‐DF) (Distrito Federal); Centro de Reflexión y Acción Laboral (CEREAL‐Guadalajara) (Guadalajara, Jal.); Centro Diocesano para los Derechos Humanos “Fray Juan de Larios”,A.C. (Saltillo, Coah.); Centro Juvenil Generando Dignidad (Comalcalco, Tabasco); Centro Hermanas Mirabal de Derechos Humanos (León, Gto.), Centro Mujeres (La Paz, BC.), Centro Regional de Defensa de DDHH José María Morelos y Pavón, A. C. (Chilapa, Gro.); Centro Regional de Derechos Humanos “Bartolomé Carrasco”, A. C. (Oaxaca, Oax.); Ciencia Social Alternativa, A.C. ‐ KOOKAY (Mérida, Yuc.); Ciudadanía Lagunera por los Derechos Humanos, A. C. (CILADHAC) (Torreón, Coah.); Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, A. C. (Monterrey, NL); Colectivo Educación para la Paz y los Derechos Humanos, A.C. (San Cristóbal de Las Casas, Chis.); Colectivo contra la Tortura y la Impunidad (Distrito Federal); Comité Cerezo (Distrito Federal); Comisión de Derechos Humanos "La Voz de los sin voz" (Coyuca de Benítez, Gro.); Comisión de Derechos Humanos y Laborales del Valle de Tehuacan, A.C. (Tehuacan, Pue.); Comisión de Solidaridad y Defensa de los Derechos Humanos, A. C. (Chihuahua, Chih.); Comisión Independiente de Derechos Humanos de Morelos, A. C. (CIDHMOR) (Cuernavaca, Mor.); Comisión Intercongregacional "Justicia, Paz y Vida" (Distrito Federal); Comisión Parroquial de Derechos Humanos “Martín de Tours”, A.C. (Texmelucan, Pue.); Comisión Regional de Derechos Humanos "Mahatma Gandhi", A. C. (Tuxtepec, Oax.); Comité de Defensa de las Libertades Indígenas (Palenque, Chis.); Comité de Derechos Humanos Ajusco (Distrito Federal); Comité de Derechos Humanos "Fr. Pedro Lorenzo de la Nada", A. C. (Ocosingo, Chis.); Comité de Derechos Humanos "Sembrador de la Esperanza". A. C. (Acapulco, Gro.); Comité de Derechos Humanos “Sierra Norte de Veracruz”, AC. (Huayacocotla, Ver.); Comité de Derechos Humanos de Colima, No gubernamental, A. C. (Colima, Col.); Comité de Derechos Humanos de Comalcalco, A. C. (Comalcalco, Tab); Comité de Derechos Humanos de Tabasco, A. C. (Villahermosa, Tab); Comité de Derechos Humanos y Orientación Miguel Hidalgo, A. C. (Dolores Hidalgo, Gto.); Comité Sergio Méndez Arceo Pro Derechos Humanos de Tulancingo, Hgo AC (Tulancingo, Hgo.); Frente Cívico Sinaloense. Secretaría de Derechos Humanos. (Culiacán, Sin.); Indignación, A. C. Promoción y Defensa de los Derechos Humanos (Chablekal, comisaría del municipio de Mérida, Yuc.); Iniciativas para la Identidad y la Inclusión A.C. (Distrito Federal); Instituto Guerrerense de Derechos Humanos, A. C. (Chilpancingo, Gro.); Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia (Distrito Federal); Instituto Mexicano para el Desarrollo Comunitario, A. C. (IMDEC), (Guadalajara, Jal.); Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente, ‐ Programa Institucional de Derechos Humanos y Paz. (Guadalajara, Jal.); Programa de Derechos Humanos. Universidad Iberoamericana‐Puebla (Puebla, Pue); Programa Universitario de Derechos Humanos. UIA –León (León, Gto.); Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Distrito Federal); Promoción de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Estado de México); Respuesta Alternativa, A. C. Servicio de Derechos Humanos y Desarrollo Comunitario (San Luis Potosí, S.L.P.); Servicio, Paz y Justicia de Tabasco, A.C. (Villahermosa, Tab.); Servicio, Paz y Justicia, México (SERPAJ‐México) (Comalcalco, Tab.); Servicios de Inclusión Integral, A.C. (Pachuca, Hidalgo); Taller Universitario de Derechos Humanos, A. C. (Distrito Federal)

Personas:
Alma Rosa Bahena Villalobos
John M. Ackerman
Rodrigo Olvera Briseño

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