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La dilación de la SCJN

Miércoles 25 de mayo de 2022, por Comité Cerezo México

Diego Enrique Osorno
25.05.2022/00:22

Hoy hace 15 años, Edmundo Cruz Amaya y Gabriel Cruz Sánchez, guerrilleros del Ejército Popular Revolucionario (EPR), fueron detenidos por fuerzas oficiales en las calles de Oaxaca.

Desde entonces han sido buscados por la organización clandestina a la que pertenecían, así como por el Comité Cerezo México, el Frente Nacional de Lucha por el Socialismo (FNLS), la Organización de Lucha por la Emancipación Popular (OLEP) y, de manera especial, el Comité Hasta Encontrarlos, conformado por familiares de ambos militantes desaparecidos.

Algunos miembros de las anteriores organizaciones se presentaron ayer en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para entregar un exhorto en el que exigen el cese de la dilación en el pronunciamiento sobre el caso. La CNDH a través de su presidenta, Rosario Piedra Ibarra, se ha sumado a esta justa petición.

¿Cuál dilación? A principios de 2021, la SCJN suspendió la discusión pública del caso, en la cual se sentarían precedentes importantes para la valoración de este y otros casos de desaparición forzada, permitiéndoles o no a los jueces establecer nuevos criterios para ordenar diligencias especiales a dependencias como la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y la propia Fiscalía General de la República (FGR).

Por entonces, un Tribunal Colegiado pidió a la SCJN determinar lineamientos de búsqueda solicitados por los familiares y abogados, quienes han demandado revisiones exhaustivas en cuarteles e instalaciones militares, ante la sospecha e indicios de la participación de integrantes del Ejército en la desaparición de los guerrilleros.

Sin embargo, la medida fue objetada por la Sedena, argumentando que no hay certeza contundente de que militares hayan cometido violaciones graves a los derechos humanos, como alegan familiares y abogados.

Ante la disyuntiva, la SCJN debería establecer una doctrina que precise con lujo de detalle cuál es el procedimiento específico a seguir en casos en los que denuncie desaparición forzada, con el fin de garantizar un equilibrio procesal adecuado para la parte demandante.

Esta dilación de la SCJN no solo afecta el caso de Gabriel y Edmundo. También deja en vilo los procesos de tantos otros casos de desaparición que no han parado de ocurrir en el país a lo largo de estos 15 años.

Diego Enrique Osorno

deo@detective.org.mx


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