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El derecho a no ser desaparecido

Viernes 15 de mayo de 2020, por Comité Cerezo México

Cada mayo se conmemora la Semana internacional del detenido-desaparecido; fecha que tiene su origen en la lucha que emprendieron diversas organizaciones y familiares de víctimas, para denunciar la práctica de la desaparición forzada, reivindicar el nombre de los desaparecidos, y fortalecer la exigencia de justicia y de aparición con vida.

Como parte de esta lucha, diversos instrumentos internacionales han impulsado leyes que determinan el derecho de las personas a no ser desaparecidas; uno de estos es la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, la cual entró en vigor el 23 de diciembre de 2010. Esta convención en su artículo 1° establece que “nadie será sometido a una desaparición forzada”, y en su artículo 2 define qué es una desaparición forzada:

Se entenderá por "desaparición forzada" el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley.

Es decir, la desaparición forzada es una violación grave de los derechos humanos e incluso un delito de lesa humanidad, porque durante todo el tiempo la persona está en manos de las autoridades, a merced de que se le violen derechos fundamentales, como el no ser sometida a torturas; a tratos crueles, inhumanos o degradantes; el derecho a un juicio justo y a un debido proceso; y sobre todo, el derecho más fundamental: el derecho a la vida. Cuando esta privación de la libertad la cometen particulares que actúan con el apoyo o la supervisión de las autoridades, se le denomina aquiescencia.

Aunque en algunas noticias se hable de levantones, detenciones clandestinas o secuestros; cuando una autoridad priva de la libertad a una persona sin que informe de su paradero a la familia, y a las autoridades competentes, como podría ser un juez de control, en realidad se trata de un caso de desaparición forzada.

Desde el año 2008, el gobierno mexicano ratificó la Convención, por lo cual debe cumplir con todas las disposiciones que ésta establece. Entre esas obligaciones están la investigación y castigo de los responsables, investigar de forma inmediata cuando las autoridades conozcan de un caso de desaparición forzada, aunque no exista una denuncia formal, y prestar todo el auxilio posible para la búsqueda, localización y liberación de las personas desaparecidas.

Sin embargo, en México desde la década de los años sesenta, diversas autoridades, pero mayormente el ejército y corporaciones policiacas, han utilizado la desaparición forzada contra personas que consideran opositores políticos, activistas, líderes sociales o guerrilleros. El desaparecer forzadamente a las personas es una forma que utiliza el Estado para reprimir movimientos sociales; desarticular la lucha social; sembrar terror en la población o como medida de control social. También es una amenaza constante dirigida a quien intente defender sus derechos, para mostrar las consecuencias que esto podría acarrearle.

La desaparición forzada no sólo afecta a la persona desaparecida, sino que también daña a su familia, la cual se convierte en víctima indirecta, y los estragos que causa son graves, pues la incertidumbre de no saber cómo se encuentra, si sufre o si ya no está vivo su familiar, es un dolor permanente ante el cual no es posible generar un luto.

El Estado perpetúa la práctica de la desaparición forzada como una forma de mantener la impunidad, pues es difícil identificar a los responsables, sobre todo si no existen testigos. Así mismo, le permite criminalizar fácilmente a las víctimas al declarar: “en algo andaban”, “seguro se juntaba con malas compañías”, “eso sólo le pasa a delincuentes o terroristas”, con lo cual, siembra dudas entre la población e inhibe la solidaridad o su defensa.

Sin embargo, esta grave violación a los derechos humanos es posible de evitar y romper, si se termina con las causas estructurales que les dan origen. Es posible luchar contra ella si existe solidaridad y organización por parte de la comunidad. Por ejemplo, la labor que realizan los comités y organizaciones que integran la Campaña contra la Desaparición Forzada, es una muestra del esfuerzo para enfrentarse a los responsables y frenar la lógica de la represión y el terror que el Estado busca imponer. Su experiencia ha sido documentada en manuales que ofrecen herramientas de búsqueda jurídicas, de derechos humanos, mediáticas y psicosociales; que pueden potenciar su lucha por la presentación con vida de los desaparecidos y por el castigo a los culpables.

Parte de estas herramientas es la conmemoración de la Semana Internacional del detenido desaparecido, conmemoración que permite que estas violaciones a los derechos humanos no se olviden, reivindicando la memoria de las víctimas; y sobre todo apela a la solidaridad para continuar la exigencia de justicia, la búsqueda y la liberación de las personas desaparecidas; además impulsa la lucha contra la impunidad para evitar que las desapariciones vuelvan a repetirse.

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