Por Armando Ríos
La iniciativa presidencial no es una ley para liberar a delincuentes, subrayan sus promotores
Opinión | Domingo, Septiembre 29, 2019 - 07:20
Esta [amnistía] es una medida muy novedosa y que puede ayudar a pacificar un poco al País; venimos de una situación muy violenta. Esto es en beneficio de los más pobres, y el objetivo es que se reinserten todas estas personas en su comunidad”.
Diego del Bosque, diputado federal de Coahuila por Morena.
Pese a que la propuesta de Ley de Amnistía está en el foco de la opinión pública desde que el actual presidente, Andrés Manuel López Obrador, empezó su campaña electoral, cientos de dudas quedaron en el aire y todavía se escucha el rumor de que “es una ley para liberar a criminales”.
Pero, ¿cuáles son las definiciones? ¿El verdadero concepto “criminal” entraría para la aplicación de la ley? ¿Cómo se garantiza la correcta aplicación de la misma? Entre los pros, ¿cuáles son las fallas de la propuesta? ¿Las personas que están privadas de la libertad en Ceresos y Ceferesos, son verdaderamente culpables de sus acusaciones?
El pasado 15 de septiembre, la entrega de la Ley se hizo formal. Mario Delgado, coordinador de los diputados de Morena en el Congreso de la Unión anunció que dicha iniciativa ya había sido entregada por el Presidente y que el siguiente paso es discutir la iniciativa por todos los miembros de la Cámara, de todos los colores, y de todos los estados del País.
El mito de la “libertad para criminales” se pone sobre análisis o incluso podría derrumbarse con la propia definición del concepto. Según la Real Academia Española, el significado de “crimen”, que da lugar a la palabra “criminal”, se refiere a delitos graves, y también significa “acción voluntaria de matar a alguien o herirla gravemente”, o bien, “es un acto reprensible de una acción indebida”.
El resumen de la iniciativa, dice que con esta ley se pretende beneficiar personas que estén pagando una condena en prisión por delitos como el aborto, posesión de drogas, narcomenudeo en personas en situación de pobreza que fueron obligadas a promover el consumo de sustancias, el robo simple con violencia o para los presos políticos, internados en algún centro de reinserción social del País. Pero no se incluye el olvido para los asesinatos o las desapariciones forzadas.
En México existen dos antecedentes sobre aplicación de amnistía. El primero fue en 1978 cuando el presidente José López Portillo otorgó ese beneficio a personas que participaron en la llamada “Guerra Sucia”, y una más en 1994, cuando el presidente Carlos Salinas de Gortari decretó la amnistía a quienes pertenecían al Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN).
Diego del Bosque, diputado federal de Morena y representante de Coahuila en el Poder Legislativo, dice que, en principio, la iniciativa reconoce que en México hay un buen número inocentes privados de la libertad, y a la vez da un primer paso a la justicia para quienes están en la cárcel a causa de la descomposición social.
“Donde no aplicaría esta ley es en reincidentes, en actos de asesinato, lesiones o secuestro, donde hayan cometido delitos con arma de fuego, o para quienes hayan cometido delitos considerados como graves ante la ley”, explica.
En ese sentido, afirma que en México, incluso, hay casos de personas indígenas que se encuentran en prisión debido a que durante sus procesos judiciales no tuvieron acceso a un traductor que hablara español; para ellos aplicaría también.
Por su parte, el Comité Cerezo, colectivo defensor de derechos humanos quienes han propuesto la iniciativa desde la ciudadanía en sexenios pasados y que lleva más de 17 años trabajando sobre el tema, dice que si bien la presentación de esta ley es un avance, todavía existen huecos que hay que reparar para garantizar que la Amnistía en México alcance los estándares internacionales en materia de derechos humanos aplicables.
Sobre las principales acciones y propuestas emprendidas por el Gobierno, el colectivo radicado en la Ciudad de México destaca: “Teníamos claro que saldrían primero los presos ‘mediáticos’, aquellos casos que, acompañados de organizaciones de Derechos Humanos, o sociales o familiares necios eran los públicamente más visibles. Y que los siempre olvidados, quedarían hasta el último si tenían suerte; asunto que con la nueva iniciativa, tal y como está redactada, seguirán en el olvido consciente y en la cárcel más allá de la 4T, la justicia y la libertad para ellos no se saldaría”, indicó la organización civil cuando se dieron a conocer los primeros casos.
Uno de los principales errores que detecta el Comité, es que la propuesta aún sigue estableciendo por ley que el acceso a la amnistía es equivalente al “perdón”, ignorando que la palabra de la materia tiene su origen en el vocablo “amnesia”, que en todo caso propone el olvido del delito cometido o no cometido.
“Por tanto, con la amnistía propuesta seguirían con antecedentes penales, imposibilitando una vida normal; es decir, una parte de la reparación del daño al que tienen derecho”, suscribe el colectivo defensor.
Además, resalta que, dado que en la Ley de Amnistía se tomarían en cuenta los delitos considerados como graves en el artículo 19 de la Constitución Mexicana. En principio, se dejaría a un lado a los presos políticos a quienes en su gran mayoría les fueron fabricadas las imputaciones, o las mismas fueron aceptadas por los acusados a base de tortura.
“A los presos por motivos políticos se les fabrica, con base en la tortura, delitos graves como delincuencia organizada, motín u homicidio, para que no puedan salir bajo caución; el objetivo es mantenerlos el mayor tiempo posible en prisión como una forma de castigo y no porque sean responsables de dichos delitos”, sostiene el Comité, que suscribe el coordinador Francisco Cerezo.
Ley de Amnistía, aquí no hay casos aplicables
Una revisión inicial de los internos en los penales de Coahuila, señala que no hay condenados por los delitos contemplados en la nueva legislación
En casos concretos, el Comité Cerezo dio ese nombre a la organización porque inició trabajando con la experiencia de Héctor y Antonio Cerezo, quienes -siendo inocentes- estuvieron siete años y medio en prisión cumpliendo una condena por delincuencia organizada, además de ser indiciados por terrorismo y otros cinco delitos graves, todos fabricados.
Cuando presentaron la Ley de Amnistía desde la sociedad civil, al colectivo le fue solicitada una lista de los posibles beneficiados registrados como presos políticos. Se entregaron más de 100 casos; sin embargo, también documentaron otras 3 mil 967 detenciones arbitrarias por motivos políticos: personas que están libres bajo un proceso o que siguen siendo víctimas de persecución.
Además, esto mismo, establecido en el Artículo 3 de la propuesta, se resalta como un error por el Comité, dados los casos que ha documentado en su experiencia:
“Presos por motivos políticos, como los de la Unión Campesina Independiente de Puebla, no serán beneficiados, ya que están en prisión desde hace más de 10 años por el delito fabricado de homicidio; la amnistía tampoco sería aplicable a casi todos los 54 presos por motivos políticos que ya fueron liberados, ya que sus delitos no caben dentro de esta amnistía, delincuencia organizada, homicidio, y otros delitos graves de los que está comprobado al obtener su libertad, fueron acusados injustamente”, expresó la organización.
Es entonces, que la Ley de Amnistía además de su aplicación, representaría de forma preventiva todo un reto en la preparación y la evaluación de las autoridades de procuración de justicia y judiciales, pues la desconfianza en las mismas quienes se encargan de la debida clasificación de los delitos, permanece en el 65 por ciento en las Procuradurías estatales y en los aparatos Judiciales sobre el 52 por ciento. (Fuente: Percepción sobre el desempeño de las autoridades de seguridad pública y justicia, INEGI)
Incluso, más que la desconfianza, las malas prácticas son palpables en la última Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad del INEGI en el 2016, donde se indica que el 49.4 por ciento de la población en cárceles manifestó que en su estancia en el Ministerio Público permaneció aislada -sin un abogado que le detallara el delito presuntamente cometido-, mientras que en ese mismo esquema, el 40 por ciento a nivel nacional y el 29.9 por ciento en Coahuila, fue amenazada con ser acusada de falsos cargos.
En Coahuila, Apolonio Armenta, titular de la Unidad Desconcentrada de Centros de Reinserción Social, destaca que no le han sido solicitados insumos sobre la situación de los casos que podrían ser beneficiarios con la Ley de Amnistía; sin embargo, manifestó que en últimos días hicieron una revisión de casos, y se advirtió que en la población penitenciaria de la entidad no hay internos a quienes podrían aplicarse los beneficios, pues no hay condenas con cárcel cumpliéndose actualmente por los delitos considerados para la Amnistía.
Al respecto, el legislador Diego del Bosque estableció: “debemos revisar”.
De confirmarse la situación de Coahuila y otros internos en las prisiones de México, entonces quienes fueron acusados y sentenciados de un delito grave que no cometieron, ¿cómo se beneficiara con la Amnistía?
Ahondando en la iniciativa del presidente López Obrador, el diputado Del Bosque detalla que en caso de que se apruebe la propuesta, la amnistía se hará efectiva a través de un proceso turnado a la Fiscalía General de la República, que analizará las peticiones de familiares, presos, y de organizaciones no gubernamentales que acompañen los casos; sin embargo, también dice que la misma advierte que no se tienen previstos impactos presupuestarios.
La amnistía es mucho más que una medida popular, es el reconocimiento de la injusticia social, de la cerrazón y antidemocracia estatal, es una medida de borrón y cuenta nueva para las víctimas, nunca para los victimarios, no es el olvido de los agravios, tampoco es perdón para los perpetradores esos deben ser sancionados y deben estar en prisión”.
Comité Cerezo, organismo no gubernamental
Si en estos momentos, la gran queja de los aparatos de las Procuradurías y los elementos judiciales es la carga de trabajo contra los salarios, ¿entonces qué tanta disposición habrá para revisar posibles casos mal clasificados?
La desconfianza en las autoridades se evidencia cuando observamos que los presuntos culpables de la megadeuda de Coahuila -el único caso que se llevó a instancias judiciales-, fueron exonerados debido a que, en lugar de clasificar su delito como peculado (tal cual lo estableció el magistrado de la Sala Colegiada Penal de Coahuila), fue equiparado a fraude en su modalidad de simulación de acto jurídico y plantea una nueva duda: ¿la Amnistía es aplicada desde antes de solicitarse?
Tal parece que la Amnistía ya se ha aplicado de tal forma en ciertos casos. Y es entonces cuando hay que preguntarse si esta iniciativa no será más que cumplir con lo reglamentado por decreto: la preparación y voluntad de las autoridades investigadoras y de juicio para hacer adecuadamente su trabajo, la aplicación adecuada de protocolos para casos específicos, el respeto total de los derechos humanos y la libertad de expresión, y el seguimiento de lo que se firmó en los tratados internacionales.
¿No sería mejor pensar en un mecanismo extraordinario contra la impunidad que le haga cumplir condenas a quienes por amnistía de forma, y por tratado bajo la mesa, están libres; así, sería importante liberar a quienes de fondo y por consecuencia se encuentran en la cárcel?
Para efectos de aplicación, Del Bosque informa que, por mandato, la ley tendrá la conformación de una Comisión que vigile y facilite la aplicación de la misma; sin embargo, dice que la integración todavía no está definida.
En términos de reinserción, el legislador federal saltillense agrega que también se espera una propuesta que no solamente beneficiaría a estas personas; se trata de la anulación de la Carta de No Antecedentes Penales a petición de centros laborales, dado que esto provoca discriminación y anula posibilidades para las personas que deben ser reinsertadas en la sociedad después de haber cumplido una condena.
“Esta es una medida muy novedosa y que puede ayudar a pacificar un poco al País; venimos de una situación muy violenta”, expuso, “Esto es en beneficio de los más pobres, y el objetivo es que se reinserten todas estas personas en su comunidad”.
“La amnistía es mucho más que una medida popular, es el reconocimiento de la injusticia social, de la cerrazón y antidemocracia estatal, es una medida de borrón y cuenta nueva para las víctimas, nunca para los victimarios, no es el olvido de los agravios, tampoco es perdón para los perpetradores esos deben ser sancionados y deben estar en prisión”, manifiesta el Comité Cerezo.
“Ni perdón, ni olvido no es una frase hueca, es una demanda de justicia y sólo la amnistía puede abrir el capítulo del inicio de la justicia en México, de otro modo y como siempre, el pueblo que busca una vida digna seguirá en las calles y cada seis años en las urnas luchando por una verdadera democracia”, sostiene.
De acuerdo con el diputado Diego del Bosque, esta ley podría ser llevada a discusión a partir del mes de octubre o noviembre, cuando se de luz para turnarla al Senado.