Ciudad de México a 23 de noviembre de 2015
El retraso por parte de la Cámara de diputados y de senadores para promulgar la Ley General contra las Desapariciones Forzadas y la ausencia de una iniciativa por parte del ejecutivo en la materia parece indicar que el gobierno mexicano intenta presentar una Ley a modo, en el último minuto, para que ésta sea aprobada sin tomar en cuenta la iniciativa de Ley propuesta por la Campaña Nacional Contra la Desaparición Forzada y sin que las familias de las víctimas, organizaciones de derechos humanos y populares puedan plasmar sus exigencias en la Ley del ejecutivo.
Ante ello, como Campaña Nacional contra la Desaparición Forzada en México, hacemos pública nuestra preocupación ante el retraso por parte de ambas cámaras para avanzar adecuadamente en un dictamen final de la Ley General contra las Desapariciones Forzadas y Desapariciones de Personas cometidas por particulares, siendo que desde la modificación al Artículo 73 Constitucional se tienen 4 iniciativas en la Cámara de Senadores, una de ellas, entregada el pasado 3 de septiembre [1] por integrantes de ésta Campaña, la cual cuenta con el aval de274 organizaciones de víctimas, de derechos humanos y populares y que, al igual que las demás iniciativas, se encuentra en discusión en las Comisiones de Justicia, Derechos Humanos y Estudios Legislativos.
Cabe mencionar que ambas cámaras cuentan desde julio con tan sólo 180 días para dictaminar dicha Ley General, es decir, que a principios de enero del 2016 debe ya estar aprobada. Como Campaña Nacional contra la Desaparición Forzada sólo hemos presenciado en estos 4 meses una simulación de consulta por parte del Gobierno Federal y sobre todo la falta de voluntad política para que cesen las desapariciones forzadas en el país.
En los últimos tres meses, con una celeridad impresionante, el gobierno federal ha aprobado, sin la consulta de las víctimas y organizaciones de derechos humanos y populares, el Protocolo Homologado para la Búsqueda de Personas Desaparecidas y la Investigación del delito de Desaparición Forzada [2] , la “nueva” Fiscalía Especializada de Búsqueda de Personas Desaparecidas [3] y la Base de Datos Ante Mortem – Post Mortem (AM/PM) a nivel nacional. En este sentido queremos resaltar que en ningunos de estos procesos son exclusivos para personas víctimas de desaparición forzada o personas víctimas de desaparición cometida por particulares, sino que se habla también de personas extraviadas y no localizadas siendo que esto es lo que hasta el momento no ha permitido por una parte saber a ciencia cierta cuántas personas han sido víctimas de ambos delitos al tener en una sola Base de Datos tanto de las víctimas de violaciones a derechos humanos y delitos como a personas que por otras circunstancias se encuentran sin localizar.
Por lo que, volvemos a exhortar a ambas Cámaras a legislar una Ley General contra las Desapariciones Forzadas y Desapariciones de Personas cometidas por particulares, con los más altos estándares internacionales en materia de Derechos Humanos, y a no esperar que el Ejecutivo mande su Iniciativa para poder dictaminar lo antes posible y con la aprobación real de las familias, organizaciones de derechos humanos y populares esta Ley tan importante para nuestro país.
Atentamente
Campaña Nacional contra la Desaparición Forzada en México